Ingreso para mayores de 25 años sin título secundario

Esta modalidad de ingreso permite que las/os interesadas/os que cumplan los requisitos establecidos por la Ley Nº 24.521 puedan iniciar una carrera de grado o pregrado.

El Programa de Ingreso Universitario para mayores de 25 años sin título secundario se dicta en el segundo cuatrimestre de cada año, abarca dos etapas: la primera de preinscripción y evaluación de antecedentes, y la segunda de apoyo académico para rendir las evaluaciones correspondientes. Luego de completadas y aprobadas estas instancias se podrá realizar el Ciclo de Inicio Universitario.

CHARLAS INFORMATIVAS: PROGRAMA MAYORES DE 25
La UNPAZ, a través de la Secretaría Académica, invita a la comunidad a participar de las charlas informativas sobre el ingreso para mayores de 25 sin estudios secundarios (de acuerdo a lo establecido por el artículo 7° de la Ley de Educación Superior 24521).

Las charlas tienen como objetivo brindar a la comunidad información sobre esta modalidad de ingreso y se desarrollarán de acuerdo al siguiente cronograma:

Presencial: Jueves 18 de abril 11hs. aula 8. Alem 4731
Virtual: Jueves 25 de abril 19hs - (el enlace de meet será enviado un día antes de la charla)
Para participar, deberán completar el formulario de inscripción

Por consultas o más información, escribir a mayoresde25@unpaz.edu.ar 

Etapas del Programa:

Preinscripción: cada aspirante deberá iniciar el proceso de preinscripción en el período que se establece en el calendario académico del año en curso.

Evaluación de las solicitudes: La Dirección de Ingreso de la Secretaría Académica, remitirá a los correos electrónicos de las/os aspirantes una encuesta de preinscripción con el objeto de conocer y recabar información acerca de las habilidades adquiridas en la experiencia personal y/o laboral del aspirante con respecto a la carrera que desea cursar y a recibir documentación que acredite saberes y/o experiencia práctica o laboral vinculada a la carrera elegida. En caso de no tener documentación que certifique estas circunstancias, deberá aclararse en el formulario
La Dirección de Ingreso notificará vía correo electrónico a cada aspirante que sus datos se encuentran en proceso de evaluación. Las/os aspirantes que superen la etapa de evaluación, estarán en condiciones de inscribirse al curso de apoyo académico del año en curso. 

Inscripción al curso: las/os aspirantes admitidas/os quedan inscriptos al curso de apoyo académico que consta con tres espacios curriculares: Matemáticas, Lectura y Escritura y Construcción de la ciudadanía. Al finalizar el curso de apoyo académico las/os aspirantes rendirán los exámenes previstos en el artículo 7° de la Ley de Educación Superior. 
La aprobación de los exámenes habilitará de manera exclusiva a la inscripción como ingresantes al Curso de Ingreso de la UNPAZ, en la carrera por la cual fueron evaluadas/os en el Programa. De ningún modo la acreditación del programa implicará reconocer como cumplido el nivel secundario.     
 
Por consultas sobre esta modalidad de ingreso escribir a mayoresde25@unpaz.edu.ar 
 
Cronograma para el 2024

●    Preinscripción: del 2 de mayo al 1 de junio 2024
●    Evaluación de solicitudes: del 10 de junio al 6 de julio 2024
●    Inscripción: del 12 al 31 de agosto 2024
●    Desarrollo del curso de Apoyo Académico: del 2 de septiembre al 7 de diciembre 2024

 

La cursada se realizará los sábados durante el segundo cuatrimestre 2024. Quienes completen la misma, podrán ingresar al ciclo de inicio (ciu) 2025.

 

ARTÍCULO 7º DE LA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR: Todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera libre e irrestricta a la enseñanza de grado en el nivel de educación superior. Excepcionalmente, los mayores de veinticinco (25) años que no reúnan esa condición, podrán ingresar siempre que demuestren, a través de las evaluaciones que las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o las universidades en su caso establezcan, que tienen preparación o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente.
Este ingreso debe ser complementado mediante los procesos de nivelación y orientación profesional y vocacional que cada institución de educación superior debe constituir, pero que en ningún caso debe tener un carácter selectivo excluyente o discriminador.
(Artículo sustituido por art. 4° de la Ley N° 27.204 B.O. 11/11/2015)